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Empresas¿Sabías qué...?

El IVA en la factura de luz de empresa

Equipo Suapea4 min de lectura

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En corto

En la factura de luz, el IVA general es del 21%. La diferencia para una empresa es que, si el suministro está afecto a la actividad, ese IVA suele ser deducible, a diferencia de un particular.

Para un particular, el IVA de la luz es un coste más. Para una empresa o autónomo con el suministro afecto a su actividad, ese IVA general del 21% suele poder deducirse, lo que cambia la foto del coste real.

ConceptoHogarEmpresa / autónomo
Tipo de IVA21% general21% general
DeducibleNoSí, si afecto a la actividad
Coste neto del IVA100% a tu cargoRecuperable en declaración
Contrato a nombre deTitular del hogarEmpresa o autónomo

IVA del 21% en la factura de luz: empresa vs hogar (orientativo).

  • El IVA general de la electricidad es del 21%.
  • Si el suministro está afecto a la actividad, suele ser deducible.
  • Conviene que el contrato esté a nombre de la empresa o autónomo.
  • En usos mixtos (vivienda y actividad) la deducción puede ser parcial.

IVA en la factura de luz explicado

El IVA en la electricidad tiene matices según el tipo de suministro. Te lo explicamos con ejemplos en nuestra guía dedicada.

IVA en la factura de luz

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Preguntas frecuentes

¿Puede una empresa deducir el IVA de la luz?

Si el suministro está afecto a la actividad y el contrato está a nombre del negocio, el IVA general del 21% suele ser deducible. Confírmalo con tu asesoría.

¿Y si el local es también vivienda?

En usos mixtos la deducción puede ser parcial. Tu asesor fiscal determinará qué porcentaje corresponde según el uso.

¿El IVA de la luz es siempre del 21%?

Sí, el tipo general del 21% aplica a la electricidad tanto en hogar como en empresa. La diferencia está en si puedes deducirlo o no.

¿Importa que el contrato esté a nombre de la empresa?

Sí. Para deducir el IVA, el suministro debe estar a nombre del titular de la actividad económica y vinculado a ella.

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