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Legislación¿Sabías qué...?

Cortes de luz: qué dice la normativa

Equipo Suapea4 min de lectura

Recibir una amenaza de corte asusta, pero la ley pone límites: hay que avisar con antelación, respetar plazos y, en casos vulnerables, aplicar protecciones especiales. No es un proceso que la compañía pueda acelerar a su antojo.

  • El corte por impago exige avisos previos y unos plazos.
  • No puede ser inmediato ni arbitrario.
  • Hay protecciones reforzadas para consumidores vulnerables.
  • Ante dudas o un error de facturación, conviene reclamar.

Ante un aviso de corte, revisa

Si el aviso viene de un error de facturación, reclama. Y revisa tu factura para evitar pagar de más de entrada.

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Preguntas frecuentes

¿Pueden cortarme la luz sin avisar?

No. La normativa exige avisos previos y unos plazos antes de un corte por impago, con protecciones reforzadas para consumidores vulnerables.

¿Qué hago si creo que el corte es por un error?

Reclamar cuanto antes a la comercializadora y, si no se resuelve, a los organismos de consumo. Un error de facturación no debería derivar en un corte.

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